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Soraya Sáenz de Santamaría.

¡Que viene Sáenz de Santamaría!

La concepción fascista de la vicepresidenta sobre ciudadanía europea, viola, evidentemente, el Tratado de la Unión Europea

José Manuel Rivero
Escrito por:
José Manuel Rivero @
07 diciembre, 2017 - 8:59 pm
  • Política
  • Bélgica
  • Cataluña
  • José Rivero
  • Sáenz de Santamaría
  • Tratado de la UE

Ante la multitudinaria manifestación que tuvo el 7 de diciembre de 2017, en Bruselas (Bélgica), que según la policía local belga congregó a más de 45.000 personas, provenientes casi en su totalidad de Catalunya y que marcharon para llamar la atención y reclamar de la Unión de la Unión Europea la exigencia de democracia al Reino de España y la liberación de los presos políticos, la vicepresidenta del gobierno autoritario español reaccionó de la forma siguiente: “Se han podido manifestar por tener un DNI español y pertenecer a la UE“.

Esta concepción fascista de la vicepresidenta Santamaría sobre ciudadanía europea, viola, evidentemente, el Tratado de la Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea, en su artículo 1, establece que este “Tratado constituye una nueva etapa en el proceso creador de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa, en la cual las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima a los ciudadanos que sea posible“.

Siendo el pueblo catalán, como cualquier otro pueblo, por ejemplo el canario, del Estado español (reconocidos éstos como sujetos políticos propios y diferenciados en sus respectivos estatutos de autonomía). Por lo que el derecho de reunión y de libre circulación de los ciudadanos y ciudadanas entre los estados miembros de la Unión Europea, los tienen en cuanto a pertenecer a uno de los pueblos europeos que, repito, puede formar parte de un estado miembro.

 Y esto lo confirma el artículo 3 de dicho Tratado, que dice:

“1. La Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos.

2. La Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, en el que esté garantizada la libre circulación de personas …“.
Por tanto, los ciudadanos y ciudadanas de los diferentes pueblos del estado español no tienen la ciudadanía europea por tener un D.N.I. español ni, en consecuencia, ser súbditos del Reino de España.

Para viajar en el denominado espacio Schengen dentro de la Unión Europea sólo se necesita:
-Pasaporte o Documento de Identidad válido no necesariamente en vigor.
-Permiso de Residencia español o de alguno de los Estados Schengen en vigor.
-Carné de conducir expedido en España.

 Acuerdo de Schengen

Schengenland es la denominación dada al territorio que comprende a aquellos Estados de la Unión Europea que han acordado la creación de un espacio común cuyos objetivos fundamentales son la supresión de fronteras entre estos países, la seguridad, la inmigración y la libre circulación de personas.

En la actualidad forman parte del territorio de Schengen los siguientes países:

Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza.

José Manuel Rivero es abogado penalista de Las Palmas.

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José Manuel Rivero @
07 diciembre, 2017 - 8:59 pm
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