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Puigdemont, en Bruselas. (Foto TVE).

Tribunal Constitucional alambicado

La autorización que el Tribunal Constitucional requiere a Puigdemont que la obtenga del Juez Llarena, para ser investido en el Parlament, bien la puede solicitar Puigdemont desde Bruselas

José Manuel Rivero
Escrito por:
José Manuel Rivero @
28 enero, 2018 - 12:18 pm
  • Política
  • Cataluña
  • José Rivero
  • Puigdemont
  • Tribunal Constitucional

Pero aún así, el Tribunal Constitucional español determina que es constitucional que Puigdemont fuera propuesto para ser investido president de la Generalitat, que es lo que impugnaba el Gobierno español.

Las televisiones y medios oligárquicos españolistas tratan de desinformar y disfrazar como un logro del gobierno lo que ha sido un revés a Rajoy y a Sáenz de Santamaría. La cual, por cierto, tiene que dimitir por su fracasada soflama en contra que pudiera ser Puigdemont propuesto como candidato.

Toda vez que, el Tribunal Constitucional, en su resolución del sábado 27 de enero de 2018, determina que Puigdemont está legitimado a ser propuesto como candidato para ser investido President de la Generalitat.  En su resolución, el Tribunal Constitucional suspende el pleno de investidura de Carles Puidemont, previsto para este martes, “salvo que el candidato acuda personalmente a la Cámara, para lo cual deberá obtener previamente autorización del juez“.

Por tanto, reconocida la legitimidad para ser candidato a ser investido President Puigdemont y que, según el Tribunal Constitucional, tiene que estar el mismo Puigdemont presente para ello en el Parlament, el Magistrado Llarena, instructor de la causa penal en el Tribunal Supremo, tiene que autorizar a Puigdemont a estar presente en el Parlament a exponer su programa ante dicha cámara legislativa catalana. De lo contrario, el Magistrado Llarena impediría a Puigdemont un derecho político fundamental que le reconoce el Tribunal Constitucional y el artículo 23 de la Constitución Española. No creo que Llarena prevarique.

La autorización que el Tribunal Constitucional  requiere a  Puigdemont que la obtenga del Juez Llarena, para ser investido en el Parlament, bien la puede solicitar Puigdemont desde Bruselas.

Teniendo en cuenta que el artículo 57 del Estatut de Autonomía de Catalunya establece la inmunidad de los miembros del Parlament en cuanto a que no pueden ser detenidos (“Los miembros del Parlamento …Durante su mandato tendrán inmunidad a los efectos concretos de no poder ser detenidos salvo en caso de flagrante delito“)  y que el  Tribunal Constitucional  al decir en su Acuerdo lo siguiente: “No podrá procederse a la investidura del candidato sin la pertinente autorización judicial, aunque comparezca personalmente en la Cámara, si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión“, es obvio que el Diputado Puigdemont puede solicitar la autorización al Juez Llarena de comparecer fisicamente ante el Parlament, para someterse a la investidura de President, desde Bruselas, ya que el Tribunal Constitucional no dice nada sobre el lugar y la forma en que debe hacer la solicitud de autorización aludida. Y si la obtiene, el regreso de Puigdemont podría tener lugar y sin poder ser detenido. Si no obtuviera tal autorización, el juez Llarena podría prevaricar e, incluso, ser recusado; debiendo entonces continuar Puigdemont en Bruselas exiliado políticamente.

José Manuel Rivero es abogado penalista de Las Palmas.

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José Manuel Rivero
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José Manuel Rivero @
28 enero, 2018 - 12:18 pm
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