Tele Canaria licitará en 3 meses el concurso de la señal
El decreto de Ángel Víctor Torres modifica la Ley 13/2014 ante el vacío que produce la ausencia de consejo rector (que no se ha renovado desde 2018), el "bloqueo jurídico y fáctico" y el "colapso competencial" del administrador único
Tele Canaria licitará en 3 meses el concurso del transporte de la señal, según el acuerdo del Consejo de Gobierno, que amplía las facultades del administración único de Radio Televisión Canaria (RTVC), el periodista Francisco Moreno, para que promueva el procedimiento que, hasta ahora, le estaba restringido al tratarse de cantidades superiores al millón de euros.
La decisión, promulgada mediante decreto por el presidente del Gobierno autónomo, Ángel Víctor Torres, evita el riesgo de que las emisiones de la Tele Canaria se fundieran en negro, como se conoce el argot, por limitaciones legales en la negociación con las empresas que suministran el tráfico de la señal; el futuro concurso tendrá carácter plurianual.
El Gobierno reconoce que el servicio público autonómico de televisión y radio (sostenido en sendas sociedades anónimas) está sujeto a “un régimen de gestión interina y transitoria“, a pesar de que su condición es considerada “esencial” para los intereses de la región.
El decreto de Torres modifica la Ley 13/2014 ante el vacío que produce la ausencia de consejo rector (que no se ha renovado desde 2018), el “bloqueo jurídico y fáctico” y el “colapso competencial” del administrador único.
El Ejecutivo abunda además en que el desarrollo normativo y organizativo de las 2 sociedades ha influido de forma palmaria la tardanza del Parlamento a la hora de cubrir las plazas vacantes y de no promulgar, desde 2014, el Mandato Marco que debe reglar la Tele y la Radio. “En concreto, una gestión ordinaria, concebida para una situación excepcional y transitoria, se ha transformado en una gestión prolongada más allá de las previsiones para las que fue concebida. Dicha prolongación es consecuencia directa de la permanencia de la situación de vacancia, dos años después, de los órganos decisorios que conforman la estructura ordinaria del ente público“.
En el decreto, el Gobierno hace referencia a un auto del Tribunal Superior, con fecha 5 de junio de 2020, que “hace imprescindible y, con carácter de urgencia, habilitar al administrador único para la contratación de aquellas prestaciones que afecten a la prestación y continuidad del servicio“.
Para la Presidencia del Gobierno (el decreto también lo firma el consejero de Hacienda, Román Rodríguez), la “limitación” del administrador único, supone, en la práctica, que “tenga vedada cualquier intromisión en el futuro modelo de gestión de los servicios informativos, a la espera de la aprobación del mencionado Mandato Marco y de los acuerdos de la Junta de Control, una vez nombrada y constituida“.
Según el Gobierno, “la inactividad del Parlamento en la aprobación del Mandato Marco -que aún no ha sido aprobado, 6 años después- y en el nombramiento y constitución de los órganos decisorios colegiados competentes para su aplicación determinan una situación de auténtico vacío competencial en la toma de decisiones respecto al régimen de las prestaciones materiales y personales necesarias para los servicios informativos, respecto a las cuales el ente público y sus sociedades ni pueden, actualmente, decidir sobre el modelo de gestión, ni tampoco pueden prescindir de los medios personales y materiales de los que se venía disponiendo a la entrada en vigor de las leyes de 2014 y 2018, ya que prescindir de dichos medios exige decidir sobre su alternativa o sustitución, y esa decisión afecta directamente al modelo de gestión, con lo que prescindir de los mismos sin capacidad de decidir sobre otras alternativas supondría el cese en la prestación de los servicios informativos y, por ende, frustraría la salvaguarda de “la continuidad en la gestión del servicio público, y con ello los puestos de trabajo y el sector audiovisual afectado”, que constituyen el propósito esencial que justificó la Ley 1/2018 y la creación del administrador único“.
El administrador podrá contratar el transporte de la señal, y a la vez tendrá que convocar un concurso público para elegir una empresa a la que se le encargue el contrato de forma definitiva. También se le autoriza a usar equipos, dispositivos e instalaciones para la producción de programas por un periodo por un máximo de cuatro periodos sucesivos que no podrán exceder, cada uno de ellos, de un plazo máximo de tres meses. El decreto indica que esta contratación estará condicionada, en todo caso, a que se justifique técnicamente su carácter imprescindible para la continuidad de la producción y emisión de los servicios informativos y la inviabilidad de promover la concurrencia para su contratación a cualquier tercero en las mismas condiciones de limitación temporal.