PLAYA DE PUERTO RICO VUELVE A SER PÚBLICA
Costas deniega a la empresa Puerto Rico SA la prórroga de explotación de los servicios básicos por caducidad del expediente tras salir a la luz la explotación de 17 negocios privados sin autorización que ocupaban 1.900 metros de la suelo público marítimo-terrestre
Playa de Puerto Rico, al sur de Gran Canaria, en Mogán, vuelve a ser pública 48 años después de que la empresa privada Puerto Rico SA se hiciera con la explotación de servicios básicos, como el puerto deportivo o las hamacas.
Costas, dependiente de la ministra Teresa Ribera (PSOE), deniega la prórroga a la compañía por considerar caducado el expediente de ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre en la playa al incurrir en presuntas irregularidades.
La resolución de Costas, conocida este verano de 2020, se produce en plena pandemia por Covid, con cero turístico, tras varias décadas de forcejeo administrativo con la empresa.
La decisión de Costas, firmada por la directora general, Ana Oroño, con sede en Madrid, abre la puerta a un nuevo concurso donde tendrá preferencia la corporación local del Ayuntamiento de Mogán, según fuentes municipales. La concesión vencía en 2022.
La historia del contencioso se remonta a 1972, cuando los operadores privados (la familia canaria Roca) lograron la concesión y el permiso para construir una playa artificial y un puerto deportivo en la ensenada de la costa moganera.
En 1985, las condiciones de la adjudicación cambian con las transferencias a la Comunidad autónoma de los derechos sobre los puertos deportivos, quedándose el Estado con las reservas legales sobre la playa.
En 1992, Costas amplió a Puerto Rico SA el derecho preferente a explotar los servicios de temporada de la playa (hamacas y chiringuito), pero 5 años más tarde, en 1997, el servicio de vigilancia del Ministerio detecta hasta 17 ocupaciones sin autorización, sobre todo, negocios de restauración y servicios sobre 1.900 metros cuadrados de propiedad pública.
La mayor parte de esos locales, construia al margen de las condiciones de la concesión, será derribada al volver al Estado, pero al menos en los últimos 27 años, kioskos, restaurantes, pizzerías, burger, bocaterías, boutiques y tiendas deportivas se han beneficiado de una condición privilegiada junto a la playa para atender a cientos de miles de turistas y residentes que visitaban Puerto Rico.
Dos de los asentamientos carentes de autorización por Costas eran el Golden Beach (124 metros de superficie comercial) o el restaurante Atlanta Gourmet (187 metros), situados ambos “sobre el acceso que va desde el pasillo bajo hasta la playa“, según revelaba el informe de Costas del 16 de mayo de 1997.
En realidad, los inspectores certificaron que los locales sin permiso funcionaban desde 1993, por lo que añadieron en el informe que procedía a “la prescripción” que regulaba el artículo 92 de la Ley de Costas de 1988, fijada en 4 años, un argumento que los abogados de la empresa mantendrían durante el largo proceso que se alumbraba.
Pese a la apreciación del servicio de vigilancia, la Demarcación de Costas incoó un expediente sancionador contra Puerto Rico SA, por incumplimiento de las concesiones de 1972 y 1974, por “ocupación de un espacio libre con diversas construcciones cerradas en una zona de dominio público marítimo terrestre y sus servidumbres“, al permitir “la ocupación de superficies no autorizadas en el título concesional“, de manera que “se efectuó una cesión y una merma de la facultad dominical del Estado“, en cuanto al tránsito, vigilancia y salvamento se refiere.
Costas afirmó con rotundidad que “se permitió la entrega a terceros de terrenos comprendidos en la zona marítimo terrestre“, y “los terrenos y obras ocupados, no se encuentran en el estado de uso que dicho título concesional establecía, ni desde el punto de vista estético sin que y sin que se efectuaran correcciones“.
Costas subraya que el dominio público dado a Puerto Rico SA “se ocupó a usos distintos a los expresados en la orden concesional, hecho que hubiera sido imposible sin la aquiesencia expresa o tácita del poseedor y responsable del título“.
Por lo tanto, “es obvio que no se dio cumplimiento a las disposiciones vigentes“. “Los responsables de la infracción serán los titulares” de la concesión.
La empresa alegó a su favor la prescripción de los hechos y apuntó que el incumplimiento recaía en los gestores de los locales de restauración y servicios. El recurso fue desestimado en julio de 2000.
Costas aclaró que los contratos de Puerto Rico SA con terceros concesionarios “son de derecho privado a través de los cuales, el titular de la concesión cede su uso y explotación“, pero la empresa jamás transmitió el titulo concesional, por lo que quedó “obligada a la reposición como infractor“.
Un mes después de que se desestimara el recurso (agosto de 2000), Puerto Rico SA trató de legalizar sin éxito el kiosko de la playa, ya que Costas expresó que iba a recuperar los terrenos ocupados sin título habilitante, como así ocurrió en 2002.
La empresa volvió a recurrir hasta que se desestimaron en casación ante el Supremo. En 2009, Costas apenas movió el expediente, salvo una sanción de 901 euros al restaurante El Tiburón por instalar mesas y sillas en 30 metros de suelo público no autorizado.
El caso pasa al ostracismo hasta 2015, cuando Puerto Rico SA pide prorrogar la concesión; ya han pasado 43 años desde la primera adjudicación. En 2017, Costas anuncia la demolición de las construcciones “ilegales“, pero un año más tarde (marzo de 2018), Puerto Rico SA, con el turismo batiendo récord de visitantes (más de 4 millones en Gran Canaria), declaró que los restaurantes y servicios se ajustaban a los previsto en el objeto concesional.
En abril de 2018 (semanas después del escrito de declaración responsable de Puerto Rico SA), la alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno (Ciuca), se dirige a Costas para personarse en el expediente agregando que se opone al otorgamiento de la prórroga por la caducidad en la que incurrió la empresa por los “incumplimientos” de la concesión.
Una nueva inspección de Costas en 2019, vuelve a poner de manifiesto las presuntas infracciones de las instalaciones ubicadas junto a la playa, como estructuras de madera techada con paredes de PVC, con mesas y sillas usadas como almacén, estanterías, ocupaciones, mamparas de aluminio con doble techo móvil, aseos o taquillas, según la resolución de 2020.
Arena ocupada
El informe las tilda de “infracciones” al señalar que “la arena de la playa de Puerto Rico se encuentra ocupada por los elementos de explotación del servicio de temporada, que anualmente se ha ido autorizando“.
“Los kioskos en la playa tienen una dimensión superior al autorizado (…), hasta un 30% más al invadir sin título habilitante la arena con una solera de hormigón para mesas y sillas“.
De nuevo, Puerto Rico SA volvió a presentar alegaciones, como que jamás hubo expedientes sancionadores y, sobre todo, que el presunto incumplimiento habría prescrito, un argumento similar al de 1997 con la variante de que habían pasado 22 años.
Los abogados de la empresa concesionaria señalan que la Administración no emitió un expediente de declaración de caducidad, e indican que Costas pudo “realizar una apreciación libre”.
Además reprochan a la Administración que no diera a Puerto Rico SA “la posibilidad de conminar a los terceros a ajustarse al título concesional“.
En junio de 2019, Costas da audiencia y acceso al expediente a la empresa y al Ayuntamiento de Mogán, y es en agosto de este año cuando Puerto Rico SA emite nuevas alegaciones, aclarando que “ninguna ocupación” le es atribuible, “sino a terceros”, e insiste en la ausencia de sanciones, así como que tampoco consta la declaración de caducidad, con lo cual “esos procedimientos no podrían tener efecto alguno en la solicitud de prórroga cuando el eventual incumplimiento que se juzgaba estaba prescrito”.
Alegaciones de Mogán
El Ayuntamiento sureño también se pronunció, en septiembre de 2019, con la alcaldesa reelegida en los comicios de mayo.
El Consistorio urge a Costas a denegar la prórroga tras aclarar que, a la vista del caso, no se ha incurrido en cuestiones de indefensión sobre la empresa “al no encontrarnos ante un expediente sancionador” como tampoco se le “otorgó derecho de explotación de los servicios de temporada en los 2 títulos concesionales“.
En 2020, Costas dio por caducada la concesión por la concurrencia de varios incumplimientos, como la “privatización en la ocupación” o “invasión del dominio público no otorgado“, de manera que “no podía aceptarse el inicio de un expediente de caducidad“, al ser suficiente la apreciación de causas de caducidad, como las “ocupaciones y construcciones en dominio público“, que son responsabilidad del concesionario, “no siendo admisible como eximente de responsabilidad el desconocimiento de los hechos“.