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Vegueta, en la plaza de la Audiencia de Las Palmas junto a la Iglesia de San Agustín y el Colegio de la Abogacía (Espiral21).

Estado forzaría a la Iglesia a que alquile miles de casas vacías a los pobres

Las nuevas medidas de apoyo de colectivos vulnerables, como desahucios, violencia de género y sin techo, disfrutarán de un hogar pagado por el Gobierno dentro del concepto 'solución habitacional'

Espiral21
Escrito por:
Espiral21 @Espiral_21
11 abril, 2020 - 7:00 pm
  • CRASH 2020
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  • Vivienda

Estado forzaría a la Iglesia a que alquile miles de casas vacías de su propiedad a los pobres, según diversas interpretaciones jurídicas sobre las nuevas medidas de apoyo del Gobierno central a colectivos desfavorecidos que se expongan a vivir en la calle.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana promulgó este sábado, 11 de abril de 2020, una orden que abre por vez primera en la Democracia la posibilidad de que los colectivos más vulnerables dispongan de un techo con el soportar la crisis económica del Coronavirus-19.

El ministro José Luis Ábalos incorpora en la orden los supuestos legales que sustituyen y modifican los programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda en base al Estado de Alarma aprobado en marzo de 2020, según el Boletín Oficial del Estado.

“La pandemia de Covid–19 está generando un fuerte impacto económico y social que, entre otros ámbitos, está afectando a los ingresos de muchos ciudadanos que, en calidad de arrendatarios, vienen ocupando sus viviendas habituales con los que hacían frente al pago de sus alquileres“, expone Ábalos en la declaración de intenciones de la orden ministerial.

El ajuste del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, implementa ayudas para soluciones habitacionales “más rápidas“, fomentando el incremento del parque público y social de viviendas destinadas al alquiler o cesión en uso.

Ábalos pretende que en el programa de ayudas a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual, se incorporen de forma explícita al programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.

El apartado 3 del artículo 4 de la Orden Ministerial recoge, como solución habitacional, que serán las comunidades autónomas las que pongan a disposición de la persona beneficiaria (pobres) una vivienda de titularidad pública, o que haya sido cedida para su uso a una administración aunque mantenga la titularidad privada (bolsa de pisos), “para ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso, o en cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho“.

José Luis Ábalos.

El Estado prevé que cuando no se disponga de este tipo de vivienda (pública o privada en manos del Gobierno), la ayuda “podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes“.

Las ayudas se sitúan en 600 euros al mes y hasta el cien por cien de la renta o precio del inmueble (siempre acordado y de forma voluntaria), que en determinados casos se eleva a 900 euros más 200 euros adicionales para gastos de mantenimiento.

El concepto de solución habitacional suscitó un encendido debate en las Redes Sociales por dirigentes del PP o Vox, que planteaban el riesgo de confiscación, expropiación o incautación sobre la propiedad privada en materia de inmuebles.

El PSOE, a través del secretario general de Vivienda, David Lucas, aclaró que la nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda a los arrendatarios vulnerables, se convierta en vehículos para ocupaciones ilegales.

Fuentes jurídicas consultadas por este periódico recuerdan que la Iglesia Católica es una institución de titularidad semipública, que se nutre de aportaciones del Impuesto de la Renta, y que, de acuerdo a las medidas excepcionales de la crisis y el Estado de Alarma, deberán poner a disposición de las administraciones las miles de casas vacías que poseen en España.

Solo en Canarias, las 2 diócesis poseen hasta 400 inmuebles que se inmatricularon y donaron entre 1998 y 2018, de los que la mayoría son casas sin ocupar y que pueden sumarse al listado de bienes de dominio público por extrema necesidad para colectivos vulnerables.

La orden ministerial no apunta directamente a la Iglesia, pero su condición de servicio público, “le obliga a dar un paso al frente y cumplir lo ordenado por el Papa Francisco cuando tomó posesión de su pontificado: ‘Cómo me gustaría una Iglesia pobre para los pobres’“.

Las mismas fuentes concretan que la orden ministerial de Ábalos “estaría amparada por el artículo 8 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma en lo concerniente a requisas temporales y prestaciones personales obligatorias“, opina el abogado penalista José Rivero.

Solo en el área de Vegueta-Triana, en Las Palmas de Gran Canaria, hay censados hasta 30 inmuebles, de los que muchos (de varias plantas) están completamente vacíos, como es el caso de la calle Santa Bárbara, donde se alojó el obispo Ramón Echarrén (q.e.p.d.) durante su enfermedad. Desde que falleció en 2014 está sin usar.

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