Ana Redondo, ministra de Igualdad.

Amenaza de despido para miles de trabajadores a jornada reducida. Las mujeres, sobre todo, acogidas a determinados derechos quedan desprotegidas en el Estatuto de los Trabajadores durante al menos de dos semnas.

La Ley de Paridad entra en vigor este jueves 22 de agosto con un «error técnico» que elimina la protección ante un despido improcedente a la que están acogidos los empleados que piden el permiso de cinco días, una excedencia o una jornada reducida o adaptada. El fallo de la redacción de la ley se subsanará, como mínimo, en septiembre, mientras las empresas tendrán la potestad para promover despidos a diestro y siniestro.

En el cambio en la Ley desprotege a los trabajadores (en su gran mayoría, mujeres), que se acojan al nuevo permiso de cinco días por cuidado de un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización o hayan pedido un cambio de jornada o jornada reducida.

El fallo se atribuye a una modificación de un texto legislativo anterior a junio de 2023, que se ha dejado fuera tanto a las personas con el permiso de cinco días y las personas con jornada reducida o adaptada.

El error en cuestión está en la disposición final novena de la ley de paridad, en la que se modifica el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto, el apartado referido a los despidos nulos.

El problema en concreto fue que el Ministerio de Igualdad incluyó una modificación del Estatuto de los Trabajadores que, en teoría, ahora permitiría a las empresas despedir a las personas que hayan solicitado el derecho de cinco días para cuidado de familiares tras una hospitalización o hayan pedido cambio de jornada.

Estos trabajadores están incluidos en los supuestos de despido nulo por medio del Real Decreto Ley 5/2023, aprobado en junio del año pasado pero, a partir de este jueves, quedarán fuera.

Este cambio se produjo por un error técnico, ya que se hicieron cambios en dicho artículo para incluir a las trabajadoras víctimas de violencia de género ene lo supuestos de despido nulo.

Al introducir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos previstos para que sea nulo el despido, en la redacción de la ley se olvidó incluir el párrafo que contenía a los trabajadores que hayan pedido el nuevo permiso de «cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella».

«Las mujeres embarazadas, las personas con reducción de jornada o excedencia para cuidar a personas a su cargo y las que estén disfrutando los permisos de paternidad o maternidad no puede ser despedidas si no es por una causa objetiva», explica el artículo de Ineaf Business School.

Desde junio de 2023, dentro de este grupo protegido estaba las personas que solicitaban el permiso de cinco días por enfermedad o accidente de sus parientes hasta segundo grado y quiénes estuviesen en una jornada laboral adaptada. Ahora, el 22 de agosto quedarán nuevamente sin esa protección especial.

Error técnico que se subsanará lo antes posible
El fallo se intentará corregir «en las primeras acciones parlamentarias en las que se tenga oportunidad», según ha aclarado el Ministerio de Igualdad.

El pasado miércoles 14 de agosto la ministra de Igualdad, Ana Redondo, admitió que había sido un «error técnico», «producido contra la voluntad de todos los que han participado en esa ley, desde el Ministerio hasta la última parlamentaria» y que «se está preparando la corrección» que se hará en cuanto lo facilite el calendario legislativo después de las vacaciones de verano.

Lo más probable que es el error pueda subsanarse en el primer Consejo de Ministros tras el parón estival que se celebra el 27 de agosto, con lo que en teoría, este colectivo quedaría desprotegido durante al menos seis días entre la aprobación del decreto que contiene el error y el nuevo que se aprobase para corregirlo que entraría en vigor, como mínimo, el día 28 una vez se publicada en el BOE.

El Gobierno ha señalado que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social actuará para evitar cualquier tipo de discriminación que pudiera haber durante este vacío legal para que siguieran considerándose nulos, si se produjeran. De lo contrario, habría que acudir a los tribunales de lo laboral.