Absueltos pese a que intentaron sacar dinero del cajero con tarjetas robadas
La Audiencia Provincial de Las Palmas anuló la condena por estafa que se había impuesto a dos varones que intentaron sin éxito sacar dinero de un cajero automático utilizando una tarjeta bancaria de otra persona e introduciendo nueve veces códigos fallidos.
La Sala entiende que los intentos estaban tan evidentemente abocados al fracaso que la tentativa debe considerarse “inidónea” y, por tanto, “no punible”.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha estimado el recurso de apelación interpuesto por las defensas contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas de Gran Canaria que en mayo de 2021, condenó a dos varones, de 56 y 33 años y sin antecedentes penales computables, a cuatro meses y quince días de prisión como autores de un delito continuado de estafa en grado de tentativa.
La Sala ha sustituido este fallo por una sentencia absolutoria.
El Juzgado condenó a los dos acusados al entender que se había consumado la tentativa de delito en la madrugada del 9 de marzo de 2019, cuando ambos, haciendo uso de una tarjeta bancaria de otra persona “que tenían en su poder”, se dirigieron de madrugada a un cajero en la ciudad de Arucas (Las Palmas) e intentaron en nueve ocasiones sucesivas conseguir reintegros (siete veces por importe de 600 euros y dos por 100 euros) introduciendo la credencial y, a continuación, números pin (siglas inglesas de Personal Identification number, número de identificación personal) de cliente erróneos.
La Sala ha aceptado la tesis de la defensa de que los hechos se deben encuadrar dentro de la tentativa “inidónea” y, por tanto, la acción no es punible.