TSJC da la razón al telescopio palmero de 30 metros contra Ben Magec
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha revocado la sentencia de primera instancia que en julio de 2019, estimando un recurso de la Federación Ecologista Ben Magec, declaró nula la concesión de monte de utilidad pública al Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) para la construcción del telescopio de treinta metros.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en su sede de Santa Cruz de Tenerife, ha estimado el recurso interpuesto por el Cabildo Insular de La Palma, la entidad Tirthy Meter Telescope International Observatory Limited Liabilty Company y el Instituto Astrofísico de Canarias (IAC) contra la sentencia dictada por el Juzgado el 29 de julio de 2019, y ha avalado la concesión al tomar en consideración, entre otras cuestiones, el interés general presente y la naturaleza de consorcio de derecho público del IAC.
En la sentencia, la Sala examina la legalidad de la concesión administrativa al Instituto Astrofísico de Canarias (IAC) para el uso privativo (ocupación) del monte público nº 28 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública en una extensión de 9,8 hectáreas del catálogo de Montes de Utilidad Pública denominado Pinar de las Ánimas y Juanianes, propiedad del Ayuntamiento de Puntagorda.
El Tribunal entiende que el IAC tenía legitimación para solicitar directamente la concesión.
A juicio de la Sala, el interés geneal presente en el proceso y la naturaleza de Consorcio de Derecho Público del IAC, justifican la adjudicación directa de la concesión, en tanto que resulta necesaria para dar cumplimiento a una función de servicio público o a la realización de un fin de interés general.
La concesión demanial es el título patrimonial imprescindible para disponer de los terrenos públicos, permitiendo su ocupación, quedando fuera del examen de su legalidad las cuestiones de índole urbanística y ambiental que no se incardinan en los expedientes de tramitación de concesiones demaniales ni los actos que las otorgan atienden a dichas cuestiones.
La sentencia es susceptible de recurso de casación.