Franco seguirá olvidado en Candelaria
Derrota judicial de una asociación de patrimonio histórico al no acreditar que el dictador contribuyera a la mejora del municipio tinerfeño sino a "su condición de mero Caudillo de España"
Franco seguirá olvidado en Candelaria, en Tenerife, al “chocar” contra los preceptos de la Ley de Memoria Histórica, según la Justicia canaria.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio Histórico San Miguel Arcángel, contra la desestimación presunta de su petición para que el pleno del Ayuntamiento de Candelaria (Santa Cruz de Tenerife), revisara el acuerdo que el 30 de octubre de 2008 retiró el título de Hijo Adoptivo de la villa a Francisco Franco, concedido por la corporación el 17 de diciembre de 1936.
La autoridad judicial, si bien reconoce la legitimación activa de la asociación para recurrir contra la revisión del acuerdo plenario, entiende que resulta improcedente porque, expone, mantener la condición de hijo adoptivo de Franco “choca frontalmente con los postulados básicos de la Ley de Memoria Histórica (…), al existir una obligación de las Administraciones Públicas de retirar toda mención honorífica como la que ahora nos ocupa que tenga por finalidad la exaltación de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura”.
Agrega la sentencia que, en su argumentación, la asociación recurrente no acreditó que la mención honorífica de Hijo Adoptivo del dictador obedeciese a una contribución personal de Francisco Franco Bahamonde al municipio de La Candelaria o a sus vecinos, “más allá de su mera condición de Caudillo de España (dictador) a resultas de un golpe de Estado contra el legítimo Gobierno de la República”.
La sentencia es susceptible de recurso de apelación.
Respuesta de la Asociación
En relación a lo publicado sobre la petición de esta asociación para la restitución del título de hijo adoptivo de la Villa de Candelaria a Francisco Franco, la Asociación remitió a este periódico un comunicado con el ruego de su publicación.
“Esta asociación ha pedido la revisión de oficio del acuerdo plenario al considerar que según la normativa vigente, se trata de un acuerdo nulo de pleno derecho, al tener en si mismo una finalidad imposible.
“Los títulos honoríficos, concedidos en cualquier ayuntamiento o institución son de carácter vitalicio, por lo tanto al fallecer el distinguido, el título se extingue con su muerte, es decir, no puede serle retirado, puesto que no puede quitarse algo, que no existe.
“Es decir esta Asociación no pide que se restituya, ni que se mantenga nada, puesto que como entendemos y por eso pedimos la revisión de oficio, para declarar la nulidad de un acuerdo plenario, que es un acto administrativo, que como explicamos en los párrafos anteriores, es nulo de pleno de derecho. Desde esta Asociación, seguiremos trabajando y defendiendo que nuestro patrimonio y nuestro pasado no deben usarse para reescribir la historia sirviendo a intereses políticos, de la misma manera que no deben aprovecharse nuestros dirigentes de su posición de privilegio para tratar de cambiarla, adoptando resoluciones que no tienen validez ni utilidad, más allá de ser mera propaganda política“.